Primero.- Objeto.
El Arrendador arrienda al Arrendatario el vehículo enumerado en el Anexo I de este contrato, siendo el Arrendatario responsable de todas las responsabilidades en que pueda incurrir por la posesión y uso del vehículo desde el momento de su entrega y hasta su devolución al Arrendador.
El Arrendatario reconoce haber recibido el vehículo en perfecto estado de funcionamiento y limpieza, con carrocería, tapizados, neumáticos, faros y accesorios en buenas condiciones de uso, y la documentación necesaria para circular con él. El Arrendatario deberá proceder a la reposición de cualquier elemento del vehículo que resulte dañado o perdido por causas imputables al Arrendatario, y abonar todas las cantidades afrontadas por el Arrendador que hayan derivado directamente del uso del vehículo por parte del Arrendatario que sean atribuible a esto.
Queda expresamente prohibido al Arrendatario variar cualquier característica técnica del vehículo, equipamiento o apariencia exterior y/o interior, y en caso de hacerlo, el Arrendatario deberá correr con los gastos de reacondicionamiento del vehículo a su estado original, con una penalización de 50 € y abonar una cantidad en concepto de indemnización por inmovilización del vehículo que se fija en el precio del alquiler diario por los días que permanezca inmovilizado.
Segundo.- Duración.
La duración del presente contrato figura en el Anexo del presente contrato. Una vez caducado, si el Arrendatario quiere conservar el vehículo durante un periodo superior al pactado en el contrato, deberá comunicárselo al Arrendador antes de la finalización del mismo llamando al teléfono + 34 685 03 85 74 y obtener autorización por escrito de este último. así como pagar el importe correspondiente.
En el caso de que el Arrendatario conserve el vehículo por un periodo de tiempo superior al pactado en el contrato sin comunicarlo y sin autorización del Arrendador, el Arrendador podrá rescindirlo informando al Arrendatario de su decisión de no continuar con la vigencia del contrato. Este contrato y éste tendrá derecho a detener el vehículo y cobrar una penalización mínima de 50 € sumados a todos los gastos que genere el proceso de recuperación del vehículo y traslado al garaje del Arrendador.
El arrendatario se compromete a devolver el vehículo al arrendador en el lugar, fecha y hora previstos en el anexo del contrato. El alquiler sólo se considera resuelto una vez entregado el vehículo y sus llaves al arrendador.
La devolución del vehículo fuera del lugar previsto en el anexo sin previo aviso de al menos 2 horas tendrá una penalización de 50€.
La devolución del vehículo fuera de la fecha prevista en el anexo sin previo aviso de al menos 2 horas, siendo más tarde de lo previsto, se cobrarán los días extra y una penalización de 50 €.
La devolución del vehículo fuera del horario previsto en el anexo sin previo aviso de al menos 2 horas, siendo más tarde de lo previsto, se cargará con horas extras y una penalización de 50 €.
Tercero.- Precio.
El precio del arrendamiento y la forma de pago del mismo figuran en el Anexo del presente contrato. En el caso de que exista algún pago mensual impago (otro plazo acordado ) en
cualquiera de los meses de vigencia del contrato, el Arrendador podrá considerar resuelto informando al Arrendatario de su decisión de no continuar con la vigencia. de este contrato, y tendrá derecho a detener el vehículo y cobrar una penalización mínima de 50 € sumados a todos los gastos que genere el proceso de recuperación del vehículo y transporte hasta el taller del Arrendador.
El Arrendatario se compromete a pagar al Arrendador el precio íntegro del alquiler indicado en el Anexo. El precio incluirá las cantidades fijadas por tiempo y kilometraje, en su caso, combustible contratado o no repuesto, seguros contratados e impuestos derivados del contrato. El Arrendatario se compromete a prestar la fianza exigida en el Anexo para hacer frente a posibles responsabilidades junto a una tarjeta de crédito válida.
Las tarifas de alquiler incluyen la cobertura del seguro obligatorio del vehículo, así como el seguro de responsabilidad civil, defensa jurídica, reclamación de daños, a terceros, robo, cristales, accidente, asistencia en carretera…
(Como ejemplo:
Serán a cargo del arrendatario los siguientes daños:
Daños producidos a la persona del conductor del vehículo o de sus ocupantes.
Daños causados al vehículo asegurado por equipajes, mercancías u objetos transportados en el vehículo.
Daños corporales y materiales causados al Arrendatario por robo del vehículo asegurado.
Daños causados en el interior y exterior del vehículo por el arrendatario sin influencia de terceros.(excepto en los casos en los que el seguro a todo riesgo es contratado))
Cuarto.- Uso del vehículo.
Sólo el Arrendatario y las personas debidamente identificadas y autorizadas para ello están autorizados a conducir el vehículo tal y como consta en el Anexo del contrato, siempre que hayan cumplido más de 25 años de edad, sean titulares y estén en posesión de una Licencia de conducir. Conducción válida y vigente con al menos 2 años de antigüedad.
El Arrendatario se obliga a conducir el vehículo conforme a las normas del Código de Circulación y a las especificaciones de uso del tipo de vehículo, siendo responsable del importe de las multas por cualquier infracción de la legislación vigente aplicable en que pueda incurrir el Arrendatario.
El Arrendatario utilizará el vehículo exclusivamente para uso particular, no pudiendo ser utilizado para el transporte de viajeros o mercancías con fines comerciales o industriales salvo autorización previa.
El Arrendatario se compromete a no utilizar el vehículo ni a permitir su uso en los siguientes casos:
- Transporte remunerado de pasajeros.
- Empujar o remolcar cualquier vehículo o cualquier otro objeto, rodante o no. c) Participar en competiciones, oficiales o no.
- Realizar ensayos de resistencia de materiales, accesorios o productos para automóviles.
- Conducir el vehículo bajo los efectos del alcohol o estupefacientes.
- Transporte de mercancías que contravengan la ley o las disposiciones legales vigentes o con fines ilícitos.
- Transporte de viajeros en número superior al autorizado e indicado en la Ficha de Inspección Técnica del vehículo.
- Transporte de mercancías en peso, cantidad y/o volumen superior al autorizado en la Ficha de Inspección Técnica del vehículo.
- Transporte de mercancías clasificadas como especiales o peligrosas por las leyes de transporte vigentes.
- No utilizar ni permitir que el vehículo arrendado sea utilizado como medio o instrumento para la comisión de delitos, acciones punibles, prohibidas o simplemente sancionadas por la Ley, ayuda a delincuentes o protección, transporte y resguardo de objetos de delitos.
- No realizar cambios en la estructura ni montar vacas o equipaje/mercancías en el techo.
- No circular con el vehículo fuera del territorio español ni realizar traslados entre islas.
- No manipular ni abrir el cuentakilómetros, debiendo comunicar al Arrendador cualquier avería en el mismo. El kilometraje se medirá mediante el cuentakilómetros o mediante mapas de carreteras si el cuentakilómetros está roto.
- No consumir tabaco ni cualquier otra sustancia que pueda dejar residuos tóxicos y olor en el vehículo.
- Transporte de animales o cualquier otro tipo de mascota.
Salvo autorización expresa, el vehículo arrendado sólo podrá circular por la zona autorizada en el anexo del contrato.
El Arrendatario se compromete a mantener el vehículo cerrado cuando no esté en uso y a conservar la documentación en su interior.
El Arrendatario se compromete a detener e inmovilizar el vehículo cuando detecte cualquier anomalía en su funcionamiento o se encienda un testigo, debiendo contactar inmediatamente con el Arrendador o con la empresa de asistencia que éste haya contratado.
El arrendatario no podrá ceder, vender, arrendar, hipotecar, pignorar o disponer del vehículo o sus elementos en cualquier forma sin el consentimiento expreso y por escrito del Arrendador.
El vehículo se entrega al arrendatario con el depósito lleno de combustible, comprometiéndose el arrendatario a devolverlo con el depósito lleno. El combustible consumido por el vehículo durante el periodo de alquiler corre a cargo del arrendatario.
Si el vehículo no se devuelve con el depósito lleno, el Arrendatario pagará una penalización de 20 € por cada nivel bajo de combustible de 8 niveles como compensación por los gastos de repostaje.
Quinto.- Mantenimiento y reparaciones.
El Arrendador asume el desgaste mecánico normal del vehículo. Los costes de mantenimiento y reparación de averías que sufra el vehículo durante el periodo de arrendamiento son a cargo del Arrendador.
En caso de que sea necesario realizar una reparación o mantenimiento, el Arrendatario deberá obtener la autorización del Arrendador para realizarla y aportar la factura que le corresponda a nombre del Arrendador para su reembolso.
El Arrendatario deberá devolver el vehículo en las mismas condiciones en que se encontraba en el momento de la recogida. Cualquier suciedad extra en el vehículo procedente del arrendatario conlleva una multa de 50€.
Sexto.- Accidentes y robos.
El Arrendatario y las personas autorizadas para conducir el vehículo según lo previsto en el Anexo, participan en la póliza de seguro de responsabilidad civil concertada por el Arrendador.
El Arrendatario deberá informar al Arrendador inmediatamente de cualquier accidente y llenar el parte de accidente con la información completa de los contrarios y posibles testigos, el cual deberá ser enviado al Arrendador. La existencia de lesiones deberá ser puesta en conocimiento de las autoridades competentes.
En caso de accidente, y siempre que sea razonablemente posible, el Arrendatario no abandonará el vehículo sin tomar las medidas adecuadas para protegerlo y salvaguardarlo.
En caso de robo, el Arrendatario deberá presentar denuncia ante la autoridad competente y enviar copia al Arrendador.
El Arrendatario podrá comunicarse con el Arrendador al número de teléfono, dirección de correo electrónico o dirección fiscal del establecimiento del Arrendador que figura en el Anexo.
Séptimo.- Terminación por incumplimiento.
7.1. El Arrendatario se compromete a cumplir con todas y cada una de las presentes cláusulas y acepta que el incumplimiento de cualquiera de ellas dará lugar a que el Arrendador declare resuelto el contrato de arrendamiento sin necesidad de previa solicitud y/o indicación de este último, cada una de ellas.
La infracción de cualquiera de las cláusulas tendrá una penalización de 50 €, quedando responsable la primera parte de todas y cada una de las obligaciones que haya asumido con la firma del presente documento.
Octavo.- Jurisdicción.
8.1. Ambas partes acuerdan someterse a los tribunales que legalmente correspondan.
Y para que conste, firman el presente contrato de arrendamiento, por duplicado y a un solo efecto, en la fecha y lugar indicados anteriormente.